Jump to main content
IndustriALL logotype
Article placeholder image

Texto del Convenio mundial ICEM - Eni

26 agosto, 2005

ACUERDO SOBRE LAS RELACIONES INDUSTRIALES A NIVEL TRANSNACIONAL Y SOBRE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LA EMPRESA

El día 29 de noviembre de 2002 en Roma, entre

Eni SpA

y

FILCEA-Cgil, FEMCA-Cisl, UILCEM-Uil, ICEM


Se acordó lo siguiente:


1. Premisa

La creciente internacionalización del Grupo Eni requiere el desarrollo de una visión transnacional de parte de los sujetos implicados en ese proceso.

A nivel europeo, las Partes ya han consolidado – con el Comité Empresarial Europeo – una positiva praxis de información y consultación. A nivel extraeuropeo, la expansión de Eni pone de manera más sensible el tema de la responsabilidad social en la forma de actuar de la empresa.

Con el Protocolo de Relaciones industriales firmado en Roma el 22 de junio de 2001, Eni, Filcea, Femca y Uilcem han expresado la voluntad de uniformar el desarrollo de las actividades del Grupo a principios éticos fundamentales, basados en el respeto de los derechos humanos y de los derechos sociales contemplados en las Convenciones internacionales. Para ello, las Partes, en el respeto del compromiso suscrito de buscar adecuadas modalidades de información y de consultación periódica sobre la presencia y la expansión de Eni en el mundo, y de desarrollar un diálogo sobre los efectos sociales y económicos de esas operaciones, han concordado proceder a la estipulación del presente acuerdo.


2. Principios

Las partes firmantes comparten la importancia de sostener un modelo de crecimiento empresarial que conjugue la creación de valor y la innovación con respecto de los derechos humanos, con adecuados estándares de trabajo y de seguridad, con la calidad de la vida y con el desarrollo eco-compatible. Ellas declaran, a tal fin, que se comprometen a aplicarse para la valorización de esas prácticas laborales capaces de fomentar el progreso económico y social.

Con el presente acuerdo Eni quiere confirmar el propio empeño en el respeto de los derechos humanos y sociales fundamentales en todas las actividades del Grupo e instituir nuevas formas de intercambio de informaciones sobre temáticas de pertinencia de las relaciones industriales a nivel mundial, con el objetivo de mejorar y fomentar buenas costumbres de trabajo.

Eni y sus sociedades reconocen los principios guía de la “Declaración Universal de los Derechos Humanos” de las Naciones Unidas y de las Convenciones fundamentales del ILO y declaran que quieren actuar activamente para que se apliquen en el ámbito de las actividades realizadas.


En concreto destacan:

- el derecho de asociación y de negociación (Convenciones ILO n. 87 y 98). Todos los trabajadores tienen derecho de adherir a las organizaciones sindicales que ellos elijan y de gozar de los derechos sindicales fundamentales;

- la prohibición del trabajo forzado (Convenciones ILO 29 y 105). Está prohibido el trabajo forzado, en esclavitud o el que está proporcionado por reclusos;

- la prohibición del trabajo de menores (Convenciones 138 y 182). Está prohibido el trabajo de los niños, con especial atención a las formas más gravosas, y deben tutelarse sus derechos al pleno cumplimiento de la formación, también escolar;

- la no discriminación en el empleo (Convenciones 100 y 111). Los trabajadores no pueden estar discriminados con relación a la propia raza, sexo, credo religioso, opinión política u origen social. Debe aplicarse la paridad de tratamiento retributivo para hombres y mujeres frente a trabajos de igual valor y también los principios de las mismas oportunidades para todos;

- la no discriminación de los representantes de los trabajadores (Convención 135). Los representantes de los trabajadores no deben sufrir ninguna discriminación con relación a sus actividades de representación;

- la constante búsqueda de mejoramiento de las condiciones de seguridad y salud en los puestos de trabajo, incluso a través de la difusión de los positivos resultados anteriormente obtenidos en el interior del Grupo.


Eni reafirma el propio empeño a valorizar y aplicar sus principios:

· Ética de los negocios

Todas las actividades Eni, dondequiera en el mundo, deben realizarse en un cuadro de honestad, integridad y acatamiento de las leyes.

· Respeto de los stakeholders

Eni entiende respetar a todos los stakeholders (empleados, shareholders, clientes, proveedores, comunidades, partners comerciales y financieros, instituciones, organizaciones cívicas, asociaciones de categoría, delegaciones sindicales…) con los que interacciona en el desarrollo de las propias actividades de business, en la convicción que ellos representen un asset importante de la Compañía.

· Tutela de los trabajadores y pares oportunidades

Eni respeta los cánones del derecho laboral universalmente aceptados y los “core labour standards” contemplados en las Convenciones fundamentales del ILO; por tanto, garantiza la libertad de asociación sindical y el derecho de contratación colectiva, repudia toda forma de trabajo forzado, de trabajo infantil y toda forma de discriminación.

Eni, además, asegura a todos los trabajadores las mismas oportunidades de empleo y profesión y un tratamiento ecuánime basado en criterios de mérito.

· Valorización de las capacidades profesionales

Eni reconoce y fomenta el desarrollo de las capacidades y de las competencias de cada uno de los empleados y el trabajo de equipo de manera que la energía y la creatividad de cada uno de ellos encuentre plena expresión para la realización del propio potencial.

· Respeto de las diversidades

Eni inspira sus comportamientos empresariales al respeto de las culturas, religiones, tradiciones, diversidades étnicas y de las comunidades donde interviene y está comprometida a preservar las identidades biológicas, ambientales, socioculturales y económicas.

· Respeto de los derechos humanos

Eni se compromete dondequiera, en el ámbito de la propia esfera de competencia, a sostener y respetar los principios de la “Declaración Universal de los Derechos Humanos” de las Naciones Unidas.

· Cooperación

Eni se compromete a contribuir activamente a la promoción de la calidad de la vida y al desarrollo socioeconómico de las comunidades donde el Grupo está presente.

· Tutela de la salud y de la seguridad

Eni asegura estándares cada vez más elevados de salud y de seguridad a favor de los empleados y de las comunidades, en todas las áreas del mundo donde el Grupo opera.

· Defensa del ambiente

Eni entiende prestar la máxima atención hacia el ambiente y el ecosistema interesados por las propias operaciones de business y se inspira a los objetivos indicados por las Convenciones internacionales sobre el desarrollo sostenible a las que Italia adhiere.


3. Modalidades de actuación

3.1. Monitoraje e intervenciones

Con el fin de asegurar la aplicación de los principios y de las Convenciones anteriormente mencionadas, Eni se compromete a llevar a cabo una adecuada acción de monitoraje, a través de los propios instrumentos de verificación. Durante el encuentro anual, indicado en el punto 3.5. podrán concordarse oportunas modalidades de participación de las Organizaciones sindicales locales y –si éstas no estuvieran constituidas- de los representantes designados por las Organizaciones sindicales firmantes del presente acuerdo.

Cuando se tenga noticia de situaciones deformes o de violaciones respecto a lo establecido, las Partes procederán tempestivamente a una recíproca comunicación. Eni, una vez comprobados los hechos, intervendrá para solucionar las eventuales situaciones anómalas e informará de ello a las Organizaciones sindicales.

Por lo que concierne a las actividades asignadas a terceros, Eni intentará encontrar, en el ámbito de las relaciones contractuales existentes, oportunas formulaciones a garantía de eventuales violaciones.

3.2. Intervenciones positivas

Las Partes podrán concordar la realización de programas de intervención positiva que se dirijan a la afirmación de los derechos humanos y sociales fundamentales y a las buenas prácticas de trabajo; esos programas podrán consistir en actividades de información, formación, investigación.

3.3. Información

Eni y las organizaciones sindicales firmantes se comprometen a difundir el presente acuerdo, haciendo publicidad de sus contenidos.

3.4. Relaciones industriales

En el marco de los principios a los que se ha hecho referencia anteriormente, las Partes reconocen la importancia de desarrollar a varios niveles las relaciones industriales que tengan en cuenta los diversos contextos socioeconómicos en los que el Grupo opera.

Consiguientemente Eni y las sociedades del Grupo se comprometen, para cuanto de su competencia, a instaurar una relación constructiva con las Organizaciones sindicales y las delegaciones de los trabajadores, constituidas sobre una base democrática y que están reconocidas por los organismos sindicales internacionales.

3.5. Encuentro anual

Durante el mes de mayo de cada año – con el objetivo de favorecer un sistema de información, de consultación y de diálogo con las Organizaciones sindicales firmantes- se celebrará un encuentro entre los representantes de las Secretarías Nacionales de FILCEA, FEMCA, UILCEM y de la Secretaría General ICEM y Eni, en representación de las funciones interesadas sobre las materias de pertinencia.

En el curso de ese encuentro se presentará una información global sobre:

· temas de tipo económico-financiero relativos a la evolución de Eni a nivel mundial;

· evolución y expectativas de las principales actividades operativas, con focalización de las áreas territoriales más significativas y de los relativos datos ocupacionales;

· evolución de las Relaciones industriales del Grupo en los diversos Países y áreas donde el mismo opera, poniendo en evidencia las eventuales situaciones de criticidad, también con relación a lo que se ha convenido en el punto 3.1.;

· la realización de parte de Eni de acciones y programas de Corporate Social Responsibility, así como también en materia de salud y seguridad en el trabajo.


4. Disposiciones finales

4.1.Praxis de las R.I. empresariales

El acuerdo no sustituye y no obstaculiza las costumbres locales, las Partes reconocen el principio según el cual los problemas que surgen entre trabajadores y empresa deben resolverse al nivel más próximo al puesto de trabajo.

4.2.Organización

Eni se compromete a sostener, en los límites de la normalidad, los costes para la organización de los encuentros anuales previstos en el punto 3.5.

4.3. Difusión de la información

Para difundir y valorizar los contenidos del acuerdo podrán utilizarse los instrumentos de comunicación existentes, inclusive las redes informáticas.

4.4. Duración del acuerdo

El presente acuerdo se considera válido por dos años, al final de los cuales será objeto de revisión y/o de confirmación por un análogo período de tiempo. Las partes podrán concordar anticipadamente modificaciones o integraciones de su contenido.

4.5.Gestión

La gestión del presente acuerdo compite a las Secretarías generales de FILCEA, FEMCA, UILCEM y al Secretario General del ICEM y a la Dirección del Personal de Eni.


Eni SpA
Renato Roffi

Filcea-Cgil
Attilio Arseni

Femca-Cisl
Sergio Gigli

Uilcem-Uil
Romano Bellissima

ICEM
Fred Higgs