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FITIM al representante especial de la ONU: El empleo precario mina los derechos humanos

1 junio, 2010La FITIM somete al examen del Representante Especial del Secretario General de la ONU para Empresas y Derechos Humanos, John Ruggie, un documento en que le expone cómo están usando los empleadores diversas formas de empleo precario, expresamente para impedir que los trabajadores se afilien a un sindicato y negocien colectivamente.

GINEBRA: La FITIM hizo uso de su derecho a someter documentos al Representante Especial del Secretario General de la ONU para Empresas y Derechos Humanos, para instarle a integrar plenamente en sus investigaciones y recomendaciones, con carácter prioritario, la cuestión de la relación entre el trabajo precario y la realización efectiva de los derechos humanos.

El mandato de John Ruggie consiste en hacer recomendaciones sobre la forma en que los Estados pueden proteger mejor todos los derechos humanos contra las violaciones de los mismos por empresas transnacionales (ETN) o con participación de ellas, y también fortalecer el acceso a las soluciones efectivas disponibles para las personas cuyos derechos humanos sean afectados por la actividad de empresas. Cada vez resulta más evidente que el empleo precario se ha convertido en uno de los principales mecanismos mediante los cuales las ETN pueden negar a los trabajadores el disfrute de los derechos humanos.

Actualmente, millones de trabajadores de todo el mundo y en múltiples formas de empleo, están siendo efectivamente excluidos de la protección que establecen los Convenios 87 y 98 de la OIT, y del disfrute de toda una serie de derechos laborales, incluido el acceso a la seguridad social y a la jubilación, la licencia parental y familiar, las vacaciones y días feriados remunerados y la salud y seguridad en el trabajo.

El empleo precario está extremadamente difundido en todas las industrias metalúrgicas, siendo las más afectadas actualmente la electrónica y la automotriz. Repercute desproporcionadamente en los trabajadores jóvenes, los migrantes y las mujeres, y contribuye en gran medida a la brecha salarial de género.

El Secretario General de la FITIM, Jyrki Raina, ha dicho: "La única forma de que los trabajadores precarios emprendan la acción para mejorar su situación, es su sindicación. Pero en todo el mundo se les niega sistemáticamente la libertad sindical."

En el documento sometido a John Ruggie, la FITIM expresó su opinión de que el empleo precario amenaza la subsistencia misma del empleo estable y de la negociación colectiva, siendo así que la negociación colectiva sigue siendo el único mecanismo mediante el cual los trabajadores pueden tener un auténtico influjo en sus condiciones laborales. Excluyendo a los trabajadores precarios de la negociación colectiva, no sólo se les niegan sus derechos humanos, sino que también se les despoja de su única verdadera posibilidad de mejorar sus condiciones de empleo.

Por último, la FITIM mostró cómo los sindicatos de todo el mundo están usando la negociación colectiva para limitar los abusos y proporcionar remedio a las víctimas de ellos, mientras que en el ámbito mundial se están suscribiendo acuerdos marco internacionales que obligan a las empresas a garantizar el respeto de la libertad sindical y el derecho de negociación colectiva en todas sus actividades y las de sus suministradores.