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La ICEM presiona a Chile por las normas de seguridad minera

24 abril, 2011

Mientras disfrutaba de la admiración del mundo tras el exitoso rescate de 33 trabajadores del interior de la mina de cobre de San José, el Presidente de Chile, Sebastián Piñera declaraba, el 18 de octubre de 2010, en el programa HARDtalk de la BBC, ante un público mundial que miraba televisión, que “dentro de 90 días” su país ratificaría el Convenio 176 de la OIT, reformando el descoyuntado sistema nacional de seguridad minera.

Resultó ser mentira.

A mediados de enero, cuando estaba por cumplirse ese plazo de 90 días, Senzeni Zokwana, Presidente de la ICEM, y Manfred Warda, Secretario General, se reunieron en Santiago con altos funcionarios de gobierno, quienes les informaron que no se tenía nada programado en cuanto a reformar las normas internas de seguridad, ni para aprobar normas internacionales al respecto. Y, por cierto, posteriormente en Chile no se ha visto ningún movimiento en favor de la reforma, excepto de parte de las federaciones sindicales de ese país que actualmente trabajan conjuntamente con la ICEM.

En febrero, la ICEM organizó una campaña para presionar a Piñera con el fin de que cumpla con su promesa. ¡Las organizaciones afiliadas a la ICEM y nuestros simpatizantes en el movimiento sindical enviaron más de 4.000 mensajes al respecto! Se está obligando al gobierno de Piñera a contestar preguntas que le han de dar mucha vergüenza al primer mandatario, de por qué hasta la fecha su gobierno no ha cumplido la promesa que hiciera durante las celebraciones que se produjeron después del rescate de San José.

La ICEM sigue siendo optimista, creyendo que el gobierno chileno recordará cuán importante es la realidad; que sólo falta un accidente minero para que el país pierda toda la Buena voluntad y credibilidad técnica que logró al organizar un rescate de dimensiones históricas.

Además, el gobierno de Piñera tiene que enfrentar otra realidad: si Chile es de alguna manera famoso, de categoría mundial como país productor minero, especialmente de cobre, esto significa que debe desarrollar e implementar igualmente prácticas de categoría mundial en materia de seguridad minera. Sin embargo, hasta la fecha, no ha sido así.

El rescate de 33 trabajadores de la mina de San José

En los días anteriores a la presuntuosa declaración de Piñera, el Presidente había recurrido a una cultura que se remonta a la época del régimen de Pinochet. No se invitó a ningún delegado sindical a participar en la comisión que estableciera para investigar el siniestro de San José. El Convenio 176 de la OIT sobre seguridad y salud en las minas señala que los trabajadores y sus sindicatos han de participar en las inspecciones e investigaciones de accidentes en las minas.

En San José, el Sindicato No. 2 de la Compañía Minera San Esteban había advertido repetidamente sobre los peligros de seguridad que había, e incluso una vez presentó una demanda legal para que se clausurara la mina. Sin embargo, cuando los sindicatos advierten sobre condiciones de seguridad y salud, tanto el gobierno como las empresas repiten el mismo cántico, diciendo que al sindicato le corresponde el deber de negociar asuntos económicos, pero no involucrarse en cuestiones de seguridad o salud.

Después de la muerte de un minero en 2007, San José estuvo clausurada por un breve período por SERNAGEOMIN, el Servicio Nacional de Geología y Minería. Sin embargo, reanudaron rápidamente las operaciones por orden de otro funcionario del gobierno que no había leído el informe sobre la clausura, confiando en la promesa de la empresa propietaria de que se iban a corregir los fallos que se habían detectado en la mina.

Entre esas promesas figuraba la de instalar una escalera en un pozo de ventilación como segunda salida, lo cual es una de las normas que se establecen en el Convenio 176. Esto no se hizo, no hubo ninguna inspección de seguimiento, y, de hecho, la falta de una segunda salida fue causa del atrapamiento de los 33 mineros durante 69 días.

SERNAGEOMIN no es una inspectoría de salud y seguridad. Realiza esa función, pero así también lo hacen diferentes oficinas de seis ministerios de Chile, donde Chile cuenta con agencias de seguridad cuyas funciones coinciden parcialmente unas con otras, y que cubren todos los sectores laborales. Ninguna de estas agencias tiene autoridad judicial para hacer cumplir los pocos reglamentos que existen en la minería, y ninguna tiene la capacidad técnica para realizar inspecciones y prevenir accidentes, antes de que se produzcan.

En fin, en Chile están ausentes todas las condiciones que exige el Convenio 176: inspecciones regulares, procedimientos determinados para informar e investigar hechos peligrosos y accidentes, consultación con los sindicatos, entidades de regulación que tengan autorización para clausurar minas en estado de peligro, el derecho de los trabajadores a negarse a realizar trabajo inseguro, la capacidad de los trabajadores de seleccionar a sus propios representantes de seguridad, y la obligación de la empresas de ofrecer capacitación. El Convenio 176 adjudica a los empleadores la responsabilidad, no sólo de eliminar peligros en el lugar de trabajo, sino de eliminar las causas de esos peligros.

A pesar de la táctica de avestruz que el gobierno chileno está aplicando a las cuestiones de seguridad minera ahora que se han ido las cámaras y micrófonos que eran tan notorios en San José, la ICEM, junto con la renovada colaboración que hemos establecido con las federaciones de trabajadores mineros del país, seguirá presionando a Piñera.