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En América Latina aumenta el trabajo precario, también las medidas de los sindicatos para combatirlo

12 diciembre, 2010

Del 16 al 17 de noviembre de 2010, se realizó en Montevideo, Uruguay, una conferencia internacional sobre la subcontratación laboral y contratación por agencias (que suele conocerse como “tercerización” en América Latina). Los participantes en este evento, que fue patrocinado por LO/TCO de Suecia y LO de Noruega, provenían de Uruguay, Argentina, Brasil, Chile, Ecuador, y de la sede de la ICEM.

A juzgar por la información que presentaron los participantes, parece que el problema de la externalización y el trabajo precario está tan generalizado en América Latina como en otras partes del mundo. Se dijo, por ejemplo, que en estos países frecuentemente hasta un 40-50% de la fuerza de trabajo labora para empresas subcontratadas, con trabajadores tercerizados que realizan exactamente la misma labor que el personal permanente, pero por un sueldo muy inferior.

Sin embargo, en casi todos los países de la región había, además de un gran número de ejemplos de mala práctica, información alentadora de cómo diferentes sindicatos habían logrado resolver parte del problema.

Por ejemplo, en Uruguay, país anfitrión de la conferencia, algunos sindicatos cuentan con trabajadores subcontratados como miembros del consejo ejecutivo, y, por lo menos en el sector papelero, la mayoría de los trabajadores subcontratados son miembros del sindicato. Por otra parte, el país es también conocido por cuanto utiliza en forma generalizada las cooperativas, que en Uruguay parecen ser un medio para evitar la sindicalización.

Estas cooperativas, que según se decía emplean a muchos trabajadores, muchas veces son pequeñas empresas independientes propiedad de los trabajadores, que proveen trabajo para otras empresas más grandes. Como tales, han pasado a formar parte de la cadena de subcontratación, y frecuentemente un departamento entero de una compañía se convierte en una “cooperativa independiente”.

  

Rosane Sasse y Elías Pintado, Coordinadores del Proyecto de la ICEM sobre tercerización en América Latina

En el transcurso de los últimos años, Uruguay ha aprobado dos leyes nuevas sobre el trabajo temporal. La más reciente, que se aprobó en 2007, introduce la idea de responsabilidad compartida en caso que algo falla cuando los trabajadores se encuentran en una relación triangular (es decir, cuando laboran por una “tercera” empresa que no es la “empresa usuaria”).

Esta responsabilidad compartida, que los sindicalistas de varios países señalaron como función clave, permite a los trabajadores pedir a la empresa usuaria su sueldo, prestaciones sociales y/o seguridad social en caso que su “verdadero empleador” no pagara, o, como sucede con bastante frecuencia, simplemente desaparezca.

Patricio Sambonino, Coordinador del proyecto de la ICEM, ofreció una interesante presentación sobre la situación del trabajo subcontratado y contratado por agencias en su país natal, Ecuador, donde en 2008, el gobierno aprobó una nueva ley que prohíbe la “tercerización.”

Patricio Sambonino, Coordinador del proyecto de la ICEM

Según un proyecto de investigación que fuera realizado por la FES y la ICEM en 2010, que estudió las consecuencias de esta nueva ley, ha tenido éxito limitado la prohibición reciente de la tercerización (aspecto clave de la nueva ley, que todavía permite excepciones en el caso de trabajos como restaurantería, limpieza y seguridad). Entre los problemas que se identificaron en la investigación realizada por la FES y la ICEM figuró el hecho de que los trabajadores que tenían que ser recontratados por la empresa usuaria comenzaron con un sueldo inferior a los que ya tenían o tienen trabajos permanentes Además, a la mayoría de los trabajadores no se les concedía los derechos perdidos, como antigüedad o una pensión de jubilación decente. También se señaló que mientras tanto algunas empresas han encontrado nuevos modos de externalización.

En el sector minero del Ecuador, parece que el nivel de trabajo informal es tan elevado que la nueva ley no ha podido influir. El estudio señalado se refiere al uso de cooperativas mineras, y, de hecho, en muchos casos las cooperativas no son más que otra forma de fingir trabajo por cuenta propia. En el sector petrolero, la nueva legislación no ha logrado para los trabajadores el progreso que se había esperado. En cambio, en el sector de la electricidad en Ecuador, los sindicatos están muy satisfechos con la nueva ley, y la protección que implica, ya que ahora más trabajadores cuentan con contratos directos y permanentes.

En total, desde 2008, más de 200.000 trabajadores ecuatorianos han pasado a ser personal permanente, aunque habría que acotar que en muchos casos este estatus permanente es solamente por un año, después de lo cual los trabajadores son despedidos nuevamente, lo cual es el caso de muchos trabajadores petroleros. No obstante esto, muchos trabajadores pudieron incorporarse por primera vez al sistema de seguridad social, y se han clausurado unos cuantos miles de empresas de “subcontratación”.

Otro punto importante es el hecho de que, a pesar de que quienes se oponían a la nueva ley pronosticaron que importantes inversionistas se marcharían del país a consecuencia de la prohibición, al final ninguno se fue. Los sindicatos del Ecuador, que en su oportunidad no participaron en la redacción de la ley, quieren ahora disipar las consecuencias perjudiciales de lo que es, en el fondo, un excelente mejoramiento para los trabajadores.

Participantes en el seminario de Montevideo

También se tomó nota del hecho de que las empresas multinacionales que operan en el Ecuador parecen haber aceptado la nueva ley mucho más fácilmente que la mayoría de las empresas nacionales. Según se ha informado, las empresas multinacionales pudieron calcular más rápidamente que los cambios señalados no iban a implicar costos adicionales, y que si es que los hubiera, no corresponden si se toma en cuenta el volumen de ventas en su totalidad.

Los representantes de la Federación Argentina Sindical del Petróleo, Gas y Biocombustibles (FASPyGP), organización afiliada a la ICEM, dieron un ejemplo interesante de la “mejor práctica”:

En cada uno de sus sectores (campos petrolíferos, refinerías de petróleo y gas), existen buenos convenios colectivos sectoriales, y todos estos convenios cubren también a los trabajadores tercerizados. A consecuencia de ello, aunque hay un nivel de un 60% de tercerización, todos los trabajadores, sean o no subcontratados o contratados por agencias, perciben los mismos sueldos y prestaciones sociales por igual trabajo de igual valor.

También se informó a los participantes en la reunión de Uruguay sobre propuesta legislación que prepara actualmente la CUT de Brasil, una de las centrales sindicales nacionales de ese país. Si se aprueba esta propuesta, reforzaría la legislación anterior que se refiere a la subcontratación laboral y contratación por agencias, que ya prevé responsabilidad compartida en las relaciones laborales triangulares.

Entre otros elementos, la nueva ley prohibiría la tercerización de trabajos esenciales, reforzaría la responsabilidad compartida, incluiría cláusulas que permitan que el sindicato del lugar de trabajo pueda representar también a los trabajadores subcontratados, establecería igual remuneración por trabajo igual, y la obligación de informar a los sindicatos con anterioridad si existe algún plan de externalización.

Finalmente, en el seminario también se hizo mención de un estudio realizado por la FUP, organización brasileña afiliada a la ICEM, que demuestra que, al tomar en cuenta todos los factores, a Petrobras, gran empresa petrolera del sector público del Brasil, le resultaría más económico transformar todos sus trabajadores tercerizados en empleados directos. A pesar de esto, a Petrobras le queda mucho trecho por andar, ya que la empresa cuenta con poco más de 70.000 empleados directos, y 250.000 trabajadores tercerizados que trabajan en sus instalaciones.