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Boletín noticioso especial: Actualidades del proyecto internacional sobre subcontratación laboral

15 septiembre, 2010

El boletín de la ICEM sobre subcontratación laboral y contratación por agencias es una publicación trimestral por Ashling Seely cuyo objetivo es informar sobre actualidades, nuevos hechos e iniciativas sindicales en el contexto del constante aumento del trabajo temporal y eventual. Ya lleva siete años este proyecto de la ICEM, dirigido por Seely, con la asistencia financiera de organizaciones de los países nórdicos.



Informe sobre Tailandia: medidas ejemplares de sindicatos de la ICEM

Para destacar cómo las empresas de todo el mundo están usando la subcontratación laboral y contratación por agencias, y demostrar las maneras novedosas que han encontrado los sindicatos para enfrentar estos problemas, el Proyecto de la ICEM sobre subcontratación laboral y contratación por agencias ha decidido publicar una serie de informes sobre algunos determinados países. El primero de estos informes centra su atención en la situación que existe en Tailandia.

La práctica de subcontratación laboral y contratación por agencias está muy difundida en Tailandia, y se extendió más todavía durante la crisis económica que ha perjudicado gravemente los mercados de exportación de ese país. En 2008, se modificó el código de trabajo, incorporando mayores derechos para los trabajadores de agencias, exigiéndose que las empresas paguen el mismo sueldo a trabajadores de agencias que realicen el mismo trabajo que los trabajadores permanentes.

Sin embargo, esta buena legislación ha sido gravemente perjudicada por el hecho de que muchas empresas simplemente cambiaron todo el sistema, empleando a los trabajadores directamente con contratos a corto plazo, y pagándoles solamente el sueldo mínimo legal.

Los sindicatos tailandeses están respondiendo de diversas maneras a la proliferación de la subcontratación laboral. Muchos de ellos están trabajando para procurar que los trabajadores subcontratados puedan incorporarse al mismo sindicato que los trabajadores permanentes enganchados en forma directa. TIGLU, el sindicato que representa a los trabajadores de Thai Industrial Gases (TIG), el mayor proveedor de gases industriales de Tailandia, filial del Grupo alemán Linde, lanzó una campaña para lograr su derecho de reclutar trabajadores subcontratados.

Manuel del projecto de la ICEM en Tailandia

Con el apoyo del Proyecto de la ICEM sobre subcontratación laboral y contratación por agencias y de los sindicatos afiliados a la ICEM en Alemania, los Países Bajos y Bélgica, a principios de 2008, TIGLU firmó un convenio ejemplar con la empresa, por medio del cual se reafirmaba el derecho del sindicato de representar a los trabajadores subcontratados y contratados por agencias. Por otra parte, la ICEM está trabajando para procurar que se respete la libertad de sindicación de todos los trabajadores de TIG/Linde.

Aunque frecuentemente resulta sumamente difícil sindicalizar a los trabajadores subcontratados y contratados por agencias, varios sindicatos tailandeses lo han logrado. Una seccional sindical de la Federación de Trabajadores del Papel e Imprenta (PPFT), organización afiliada a la ICEM, logró sindicalizar a 80 de los 120 trabajadores subcontratados empleados de Cellox, empresa tailandesa que se dedica a la fabricación de pañuelos de papel. El Proyecto de la ICEM sobre subcontratación laboral y contratación por agencias en Asia está trabajando con el señalado sindicato y con la PPFT, para organizar capacitación sindical para los nuevos sindicalistas.

En su trabajo de negociación colectiva y sindicalización, muchos sindicatos tailandeses han dado prioridad a la cuestión de la subcontratación laboral. Desde 2006, el Sindicato Local de la Autoridad de Generación de Electricidad de Tailandia (EGAT-LU) realiza negociaciones colectivas para mejorar las condiciones de trabajo del personal subcontratado de EGAT, empresa de energía eléctrica del sector público que emplea a 7.000 trabajadores de agencia.

En abril de 2007, el sindicato señalado, que está afiliado a la ICEM, modificó sus estatutos para permitir la afiliación de trabajadores subcontratados. Posteriormente, este sindicato logró, por medio de negociaciones, que EGAT aplicara una nueva política que mejoraba las condiciones de trabajo del personal subcontratado y también garantizaba que todos los trabajadores tuvieran los derechos que se señalan en la legislación de Tailandia. En 2009, el sindicato lanzó una campaña de sindicalización’logrando afiliar a 650 de los 760 trabajadores subcontratados de EGAT. La ICEM está trabajando con EGAT-LU y el Sindicato de Electricistas de Dinamarca (Dansk El-Forbund) para organizar cursos de capacitación sindical para los miembros recién afiliados.


Polémica igualdad de derechos para trabajadores eventuales en Alemania

El 29 de septiembre, en momentos en que los sindicatos europeos estén realizando manifestaciones contra los programas de austeridad de los gobiernos, los sindicatos de Alemania dedicarán ese día, y de hecho todo septiembre y el resto del otoño, a una campaña de protesta no sólo contra los cortes del sector público, sino que también, y con igual vehemencia, para censurar el terrible dumping social causado por el auge del trabajo temporal.

La campaña señalada tiene su origen en el Congreso del DGB que se realizó en mayo, donde se identificó como área prioritaria realizar una campaña a favor de igualdad de remuneración y de derechos, y plazos fijos de prueba a que se somete a los trabajadores explotados del sector temporal, antes de convertirse en empleados permanentes. Después de ese Congreso, los sindicatos alemanes han intensificado tanto la polémica en el campo político que la Ministra Demócrata Cristiana (CDU) del Trabajo y Asuntos Sociales, Ursula von der Leyen, ha introducido en la legislación un remedio parcial para combatir la súbita baja de los sueldos que se ha producido debido a que hay un número cada vez mayor de trabajadores que se ven obligados a trabajar en forma temporal.

Sin embargo, la legislación es insuficiente.

Muchos de los más importantes afiliados sindicales del DGB, entre ellos IGBCE, IG Metall, y Ver.di, van a destacar este punto en las manifestaciones que se han programado. Los sindicatos también plantearán este problema en los lugares de trabajo, tanto en los procesos de negociación colectiva como también en forma de protestas en las puertas de las fábricas. Este mes, IG Metall ha introducido, en las negociaciones sectoriales en tres estados de Alemania, el principio de “igualdad de remuneración por trabajo igual”.

Michael Sommer, Presidente del DGB

En la edición del 6 de septiembre del periódico Handelsblatt, Michael Sommer, Presidente del DGB, dijo que los sindicalistas alemanes observarán la legislación nacional que prohibe las huelgas por cuestiones políticas, pero que realizarán “reuniones en los lugares de trabajo e iniciativas en las puertas de las fábricas” para destacar cómo el trabajo temporal se ha convertido en una medida de austeridad aborrecible para combatir la crisis financiera. Por otro lado, Sommer señaló que este problema también se va a plantear vigorosa y claramente en las estructuras del sector mixto de la economía de Alemania.

La legislación propuesta por Von der Leyen se conoce como el proyecto de ley “Schlecker”, refiriéndose a una gran cadena de farmacias que intentó despedir a sus trabajadores a tiempo completo para luego volver a contratarlos con la mitad de su sueldo anterior. Se exigirá “igualdad de remuneración por trabajo igual” para evitar dumping salarial como ocurrió en Schlecker, y las empresas que violen la ley incurrirán una multa de €25.000.

Sin embargo, la legislación propuesta no contrarresta el aumento del trabajo temporal, porque las empresas siempre podrán emplear a trabajadores con contrato a corto plazo, con tal que paguen igual remuneración por trabajo igual. Además, la ley “Schlecker” no fija ningún plazo para determinar el paso de un trabajador temporal a la categoría de trabajador permanente; ni tampoco incluye un sueldo mínimo fijo para los trabajadores temporales, lo cual es prioridad entre las reivindicaciones del DGB y de los sindicatos de Alemania.

Los sindicatos afiliados al DGB han hallado que en Alemania, los trabajadores temporales suelen ganar, como promedio, un 30% menos que el personal permanente a tiempo completo.


Holandeses logran aumento salarial para trabajadores contratados por agencias

Los sindicatos de los Países Bajos y la Asociación Holandesa de Agencias de Trabajo Temporal, Algemene Bond Uitzendondernemingen (ABU), acordaron en esta primavera un aumento salarial generalizado del 1% para todos los trabajadores temporales del país.

El 5 de julio, se aplicó un aumento del 0,5%, y el 3 de enero de 2011 se concederá otro aumento del 0,5%. El aumento del 1% que se concedió a los empleados tiene su base en el promedio de aumentos que figuraban en 30 convenios colectivos en otros sectores.

Marcel Nuyten, Director por los trabajadores temporales, FNV Bondgenoten

El convenio se estableció entre el ABU, FNV Bondgenoten, organización afiliada a la ICEM, y CNV Dienstenbond, sindicato de personal ejecutivo, y LBV, que es un sindicato independiente. También se logró un acuerdo por el cual se pueden aumentar los sueldos anualmente, el día 1° de julio, lo cual constituye una enmienda del Convenio Colectivo sobre Empleo de Personal Temporal 2009 – 2014.

El Convenio Colectivo sobre Empleo, que se puede ver aquí, establece las condiciones que deben regir para trabajadores temporales contratados por agencias, incluyendo las relaciones entre trabajador, agencia y empresa usuaria, derecho a capacitación, y las condiciones por las cuales se pueden terminar los contratos de un empleo temporal.


Suspenden tramitación de ley sobre intermediarios laborales en Sudáfrica

En Sudáfrica, se ha suspendido la tramitación gubernamental de propuesta legislación que determinará si se deben prohibir los intermediarios laborales o ampliar la regulación para aquellas empresas que proveen trabajadores a las industrias, y es probable que este año no se presente ante el Parlamento el mencionado proyecto de enmienda de la Ley sobre Relaciones Laborales (LRA).

En mayo se presentaron al Gabinete cuatro proyectos de ley, pero los devolvieron al Ministerio del Trabajo para que se modificara el texto. Aún cuando el Gabinete apruebe las propuestas modificaciones de la LRA, incluyendo la revisión de la Sección 198 (sobre servicios de empleo temporal), todavía tienen que presentarse ante el Consejo Nacional de Desarrollo Económico y Trabajo (NEDLAC) para ser estudiadas, y luego ofrecerse para debate público antes de que, en sesión plenaria, el Parlamento pueda aprobar las revisiones de la legislación laboral sudafricana.

Además de determinar si se debe prohibir el uso de intermediarios laborales, se cree que la legislación propuesta prohibirá las discrepancias de sueldos y condiciones de trabajo de empleados temporarios y permanentes, ofreciendo protección contra los despidos injustos durante períodos de prueba, que aumentará el número de inspectores del trabajo para investigar abusos, que, de descubrirse, se aplicará a las empresas que violen la ley multas más severas vinculadas con su facturación anual, y que extenderá la responsabilidad de la empresa principal cuando se produzcan abusos a la ley.

Las principales federaciones empresariales que abarcan las empresas de provisión de personal en Sudáfrica, que son la Association of Personnel Service Organisations (APSO) y la Confederation of Associations in the Private Employment Sector (CAPES), han adoptado una posición en favor de la acción, que recomienda que se apruebe algún tipo de legislación al respecto.

Sin embargo, estos grupos están presionando para que se regule más rigurosamente los aspectos más malignos de esta industria, para evitar las prácticas abusivas de intermediarios laborales inescrupulosos.

Sin embargo, los sindicatos de Sudáfrica, encabezados por el Congress of South African Unions (COSATU), plantean firmemente que se debería implementar una prohibición total. Los sindicatos han adoptado la política de introducir en sus convenios colectivos cláusulas sobre la prohibición de intermediarios laborales, y varias empresas han acordado implementar esta prohibición.

Durante la huelga de diez días que declaró en agosto el Sindicato Nacional de Trabajadores Metalúrgicos de Sudáfrica (NUMSA) contra la Asociación de Empresas de Fabricación de Automóviles (AMEA), que representa BMW, Ford, General Motors, Nissan, Toyota, y Volkswagen, las dos partes aprobaron la prohibición, que entrará en vigor a partir del 1° de enero de 2011, con la excepción de contratos ya establecidos con intermediarios laborales, que podrán continuar durante el plazo de vigencia.

Al referirse a esta legislación en una Conferencia sobre legislación laboral realizada a mediados de agosto, Membathisi Mdladlana, Ministro del Trabajo, dejó en claro que definitivamente la intermediación laboral se va a rediseñar con el propósito de crear trabajos decentes.

Dijo a los abogados del trabajo que asistieron a esta Conferencia que se debe terminar la práctica de tratar la mano de obra como un producto para vender. “Debemos parar esta cuestión de la venta de la mano de obra”, señaló Mdladlana.


Cinturón del cobre de Zambia: Vedanta tiene proyectos de tercerización

El gobierno de Zambia ha cedido ante el planteamiento de los dos sindicatos mineros más importantes del país, incluyendo el Sindicato de Trabajadores Mineros de Zambia (MUZ), organización afiliada a la ICEM, para que se investigue y corrijan los programas de tercerización perjudiciales para Zambia que piensa aplicar Anglo-Indian Vedanta Resources en varias operaciones de su empresa Konkola Copper Mines (KCM).

Dicha intervención gubernamental tuvo el efecto deseado, ya que ahora la KCM ha retirado su plan de tercerización a empresas contratistas extranjeras, de importantes operaciones en sus minas en Nchanga, en la planta de concentración del cobre Chingola Copper, en sus minas a cielo abierto, y en la planta refractaria de Nampundwe.

El 24 de agosto, a raíz de un diálogo tripartito entre los Ministerios de Trabajo y de Minas, los directores ejecutivos de Vedanta, y el MUZ y el Sindicato Nacional de Niberos y Trabajadores Afines (NUMAW), se logró un convenio que debería permitir el despliegue de un mayor número de trabajadores zambianos en las minas y plantas de procesamiento de recursos mineros.
Gracias al convenio que se logró, se suspendió una manifestación masiva programada para el 28 de agosto por MUZ y NUMAW en varias minas y otros lugares de trabajo.


El Presidente del MUZ, Rayford Mbulu

Según Austin Liato, Ministro del Trabajo y Seguridad Social, se transó un acuerdo, primeramente: -…sobre la tercerización, que ha puesto en peligro varios puestos de trabajo (locales), acordándose que se va a suspender dicho proyecto, y que las dos partes van a dialogar antes de tomar decisión alguna.

-Segundo, con relación al Vicepresidente de Recursos Humanos, que está a punto de jubilar, se ha determinado que se abrirá un concurso para ocupar este puesto dentro de Zambia,- Tanto el gobierno como la sociedad civil, incluyendo el Instituto de Gestión de Recursos Humanos de Zambia, estaban furiosos por cuanto Vedanta estaba a punto de contratar a otro extranjero para ocupar este puesto.

En agosto, se había intensificado el problema entre Vedanta los sindicatos mineros de Zambia sobre tercerización y trabajo costa afuera, especialmente debido a que en este momento Vedanta está ampliando enormemente algunas de sus operaciones de producción del cobre.

El problema de la tercerización en KCM se intensificó notoriamente cuando un jefe de la mina Chingola – cuyas operaciones están a cargo de la empresa contratista brasileña U & M Mining – se negó a permitir que el Viceministro de Trabajo y Seguridad Social entrara en la mina para inspeccionar las condiciones de trabajo.

En los días previos a la reunión tripartita, KCM intentó resolver el conflicto, ofreciendo a cualquier trabajador que fuera afectado por la tercerización la posibilidad de trasladarse a una de las otras dos plantas de KCM, o bien retirarse voluntariamente de la empresa, según los términos y condiciones de trabajo actuales. Sin embargo, los sindicatos no aceptaron dicha propuesta.
KCM es 20% propiedad del gobierno de Zambia. En 2009, más del 80% de las entradas de Zambia en moneda extranjera y un 15,9% de su PIB provenía de la minería del cobre. La Secretaría de la ICEM felicita a Rayford Mbula, Vicepresidente de la Región del África Subsahariana, y Presidente del MUZ, por su liderazgo y vigilancia al respecto tanto con relación al gobierno como frente a Vedanta. 


 

Entrevista con Bayo Olowoshile, Secretario General de la Petroleum and Natural Gas Senior Staff Association (PENGASSAN) de Nigeria.

¿Cuán extendida está la subcontratación laboral y contratación por agencias y la precarización del trabajo en Nigeria?

En los sectores del petróleo y gas de Nigeria, la subcontratación laboral y contratación por agencias va en aumento y se impone de manera alarmante. Abarca varios aspectos del trabajo precario y las peores formas de empleo. La subcontratación laboral y contratación por agencias permite prácticas laborales injustas que contradicen los principios del trabajo decente. Actualmente aproximadamente un 60% de nuestra fuerza de trabajo está constituido por trabajadores subcontratados y contratados por agencias. Va a la baja el empleo estándar y permanente.

¿Es más grave que antes el problema de la precarización y trabajo temporal?

En el sector del petróleo y gas de Nigeria, el problema es más grave que antes debido a que el planteamiento de las empresas y del gobierno es que ahora la subcontratación y contratación por agencias es una realidad que no se puede eliminar aunque se quisiera. Debido a esto, los sindicatos no tienen otra opción más que enfrentar las consecuencias perjudiciales de la subcontratación, que son las siguientes:

• Se aplica esta política laboral para reemplazar el empleo directo y permanente;
• Se cambian en forma perjudicial las formas y condiciones de empleo, evitando así las responsabilidades y obligaciones sociales, para lo cual las empresas aprovechan las omisiones y aspectos inadecuados de nuestra legislación actual;
• Se trata de debilitar la afiliación, solidaridad y relevancia de los sindicatos, impidiendo la sindicalización y el reconocimiento del principio de negociación colectiva;
• Se amplían las brechas que permiten la explotación, especialmente por parte de empresas usuarias que prefieren reducir los gastos al mínimo y aumentar las ganancias, a costas de los trabajadores, perjudicándolos;
• Aumenta la discriminación en el lugar de trabajo y los términos y condiciones de trabajo inadecuados;
• Perjudica gravemente la capacidad de los sindicatos de defender la seguridad de los puestos de trabajo;
• Hay conflictos en la definición de las relaciones laborales y de las obligaciones de las empresas usuarias, especialmente cuando la legislación y las agencias de regulación del empleo no aclaran estos problemas;
• Finalmente, un factor fundamental es que la precarización y el trabajo temporal son fenómenos cada vez más graves debido a la situación de desempleo. Las empresas explotan, con fines de lucro, la desesperación de los trabajadores que buscan medios para sobrevivir.

En Nigeria, ¿cuáles son las diferencias que existen respecto a las condiciones de trabajo de los trabajadores subcontratados y contratados por agencias y trabajadores permanentes?

Primero, los trabajadores eventuales y temporales están sometidos a condiciones que no se conforman con las condiciones generales de trabajo del sector del petróleo y gas. Cuando los trabajadores subcontratados tienen suerte y se les permite la sindicalización y negociación colectiva, se encuentra gravemente perjudicada la negociación de convenios colectivos debido a los contratos que existen entre los contratistas y agencias y la empresa principal.

Por otra parte, estos trabajadores están sujetos a condiciones restringidas o nulas en cuanto al bienestar fundamental, pensiones de jubilación y seguridad social, salud, seguridad y protección del medio ambiente, y otros convenios clave de la OIT. Y, para citar solamente un pequeño ejemplo, los Acuerdos Globales que se firman con las federaciones sindicales internacionales, donde funcionan, no suelen estar a disposición de los trabajadores subcontratados y contratados por agencias, y los Acuerdos Globales no se pueden aplicar a los mismos.

En Nigeria, cualquier serie de negociaciones que involucre un convenio colectivo para estos trabajadores suele estar sujeta a quejas, conflictos, amenazas, resistencia y medidas por parte de los sindicatos, contratistas y agencias, y de las empresas usuarias.

¿Cuáles son las vías principales que usan los sindicatos para apoyar a los trabajadores eventuales y subcontratados o contratados por agencias?

Se ha hecho prioritario usar recursos y mecanismos sindicales para movilizar el apoyo y enfrentar la negación general del derecho de sindicalización y negociación colectiva de los trabajadores subcontratados y contratados por agencias. Esto lo hacemos por medio de la intensificación de la concientización por medio de la movilización, campañas, acciones de solidaridad, protestas, concentraciones, piquetes, huelgas, trabajo con los medios de comunicación, mediación, conciliación, arbitraje y pleitos legales.

Ahora nos toca la tarea de reafirmar las estrategias de sindicalización y negociación colectiva más eficaces y que ofrezcan mayor protección para los trabajadores subcontratados y contratados por agencias, con apoyo financiero y organizativo del fondo de reserva para solidaridad sindical de nuestro sindicato, y organizaciones como la ICEM, la Fundación Friedrich-Ebert Foundation de Alemania, y el Centro de Solidaridad de EE.UU.

Aplicamos constantemente las resoluciones, directivas y decisiones sindicales en el campo de las campañas, cabildeo, reuniones y representación en asuntos de preocupación de los trabajadores subcontratados y contratados por agencias.

¿Cómo cree Ud. que la campaña internacional de la ICEM sobre subcontratación laboral y contratación por agencias puede ayudar y ser más eficaz para enfrentar los problemas de subcontratación laboral y contratación por agencias en el sector del petróleo y gas de Nigeria?

La campaña internacional de la ICEM sobre subcontratación laboral y contratación por agencias tiene que usar los recursos de organizaciones donantes y mecanismos para movilizar el apoyo y enfrentar la resistencia que se opone a que los trabajadores subcontratados y contratados por agencias tengan plenos derechos de sindicalización y negociación colectiva. La ICEM tiene que usar todos los medios posibles para concienciar sobre la situación de la subcontratación laboral y contratación por agencias, llevando la Campaña a la práctica de modo eficaz por medio de la comunicación, acción y evaluación, y corrigiendo fallos/brechas de las estrategias usadas en la campaña internacional.

PENGASSAN tiene la esperanza de que la ICEM haga representación y cabildeo en favor de políticas y legislación justas que sean favorables para los trabajadores subcontratados y contratados por agencias, realizando una campaña en favor de las mejores prácticas para tratar problemas de empleo y condiciones de trabajo relacionados con este grave asunto.


Entrevista con Joseph Toe, Coordinador del Proyecto sobre Subcontratación Laboral y Contratación por Agencias en la Región de África Subsahariana de la ICEM

¿Cuán común es en el África el problema de la subcontratación laboral y contratación por agencias y del trabajo precario?

En algunos casos, el porcentaje de trabajadores temporales puede alcanzar un 80% de la fuerza de trabajo permanente. La desregulación del mercado de trabajo ha intensificado este proceso.

¿Cuáles son los factores que han incidido en el uso de la subcontratación laboral y contratación por agencias?

Los ajustes estructurales impuestos por las instituciones de Bretton Woods, que han perjudicado el contexto de empleo institucional en dos niveles:

• La desregulación del mercado de trabajo y los llamados para que el uso de la mano de obra se haga más flexible, y
• La reducción de la participación sindical y el hecho de que la sociedad civil no haya logrado que se le preste atención ante las medidas antisociales que recomiendan las instituciones prestatarias.

La llegada de los inversores asiáticos también ha trastornado el mercado de trabajo en el África y pone en peligro los avances sociales anteriores.

¿Qué es el Proyecto de la ICEM sobre subcontratación laboral y contratación por agencias en la Región de África Subsahariana?

El Proyecto de la ICEM sobre subcontratación laboral y contratación por agencias en el África Subsahariana se inició a fines de febrero de 2009, y abarca a 8 países: Guinea, Mauricio, Mozambique, Namibia, Nigeria, Senegal, Sierra Leona, y Sudáfrica. Los países seleccionados para la campaña fueron identificados como países donde está generalizado el problema de la subcontratación laboral y contratación por agencias, pero donde existen también sindicatos relativamente fuertes. Esto permite realizar iniciativas para lograr algún progreso razonable respecto a este problema.

¿Cuáles son los objetivos del Proyecto?

El proyecto tiene como objetivo desarrollar estrategias sindicales e identificar las mejores estrategias para combatir los problemas relacionados con la subcontratación laboral y contratación por agencias en el África Subsahariana; quiere establecer un sistema coherente de coordinación regional para resolver el problema; recomienda que los gobiernos apliquen las iniciativas y políticas correspondientes para terminar con el uso de contratos temporales y regular a las agencias privadas de empleo; pretende realizar investigaciones especializadas de alto nivel en la región; pretende formar negociadores sindicales capacitados en la cuestión de derechos para trabajadores subcontratados y contratados por agencias; desarrollar la capacidad organizativa de la dirigencia en las campañas sobre subcontratación laboral y contratación por agencias; y establecer una red en toda la región para el intercambio de información y experiencia de los sindicatos afiliados a la ICEM respecto a este problema.

La capacitación se ha basado en varios ejemplos de estrategias sencillas y prácticas tomadas de diferentes partes del mundo. Al finalizar cada sesión, se elabora un plan de acción relacionado con las iniciativas futuras que se han de realizar a nivel nacional, en coordinación con las organizaciones afiliadas a otras federaciones sindicales internacionales, y se definen directrices que se han de incorporar en la Campaña Internacional de la ICEM sobre subcontratación laboral y contratación por agencias. Con el fin de aplicar el plan nacional, se define un mecanismo de supervisión, que forma parte del plan de acción, y se nombra a los funcionarios encargados de su realización.

La acción sindical es indispensable para neutralizar el desarrollo de la tercerización y el empleo temporal, especialmente porque afecta todos los sectores comerciales e industriales. Los países del África Subsahariana se encuentran gravemente afectados por este problema, y están tomando medidas para parar y/o reducir sus consecuencias perjudiciales. El Proyecto de la ICEM sobre subcontratación laboral y contratación por agencias en el África Subsahariana también anima y ayuda a los sindicatos en los siguientes aspectos:

• Extiende la capacidad de los sindicatos en las áreas de sindicalización y negociación colectiva;

• Institucionalizar las negociaciones a nivel sectorial y reforzar la unidad de acción sindical, que es necesario para combatir la tercerización, la intermediación laboral, y las agencias de contratación laboral. Lucha a favor de la regulación de las agencias de empleo y del uso de la tercerización, y a favor de su participación en ese proceso de reparación;

• Reforzar la solidaridad entre trabajadores temporales y permanentes;

• Capacitar a quienes sindicalizan a trabajadores temporales;

• Realizar negociaciones para lograr convenios colectivos que incluyan cláusulas sobre el uso sistemático de la tercerización y uso de mano de obra eventual, con relación al mejoramiento de las condiciones de trabajo y la reducción de las consecuencias del uso de mano de obra eventual;

• Realizar campañas en favor de la transformación de mano de obra eventual en empleo permanente;

• Desarrolla estrategias para los trabajadores subcontratados y contratados por agencias, con énfasis en el trabajo decente y en la incorporación de cuestiones de género y raza en esas estrategias;

• Organiza campañas y cabildeo a nivel nacional e internacional contra el uso de mano de obra eventual, desarrollando planes de acción cuyo objetivo es eliminar este fenómeno de las zonas de procesamiento de exportaciones (EPZ);

• Realiza estudios sobre las consecuencias de la tercerización y de agencias de trabajo en el contexto de la disparidad cada vez peor y las desigualdades de las diferentes capas sociales. Esto significa trabajar sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio 2015, el Programa de trabajo decente en África, el Informe sobre estrategias para la reducción de la pobreza (PRSP), el Programa sobre Desarrollo Humano Sostenible, y los Principios de diálogo tripartito y social que constituyen la base de la OIT.

El empleo eventual afecta los valores laborales positivos que permiten el desarrollo, la excelencia y la socialización del ser humano.


Conferencia Regional sobre subcontratación laboral y contratación por agencias en América Latina reúne importantes estudios de casos específicos

La Conferencia de la Región de las Américas sobre subcontratación laboral y contratación por agencias se realizó en Recife, Brasil, el día 27 de junio de 2010. Asistieron a esta Conferencia organizaciones afiliadas a la ICEM provenientes del Brasil, Argentina, Colombia, Chile, y Uruguay, y también Manfred Warda, Secretario General de la ICEM, Sergio Novais, Vicepresidente de la ICEM para América Latina, Carol Bruce, Encargada de Asuntos de la Mujer y Contacto para América Latina, y Ashling Seely, Coordinador del Proyecto Internacional sobre subcontratación laboral y contratación por agencias.

Los sindicatos afiliados que asistieron a esta mencionada Conferencia se refirieron a cómo se está usando la subcontratación laboral y contratación por agencias para socavar la libertad de sindicalización, como en el caso de Sintracarbón en Colombia, organización de trabajadores mineros afiliada a la ICEM. Los delegados del sindicato señalado explicaron cómo se estaba trasladando a los activistas sindicales de cargos permanentes a lo que se llaman “contratos basura”.

Coordinador del Proyecto sobre subcontratación laboral y contratación por agencias en América Latina

Por otro lado, el representante de Sintravidricol, Sindicato de Trabajadores de la Industria del Vidrio de Colombia, otra organización afiliada a la ICEM, se refirió al modo cómo se ha estado despidiendo a los trabajadores de Owen-Illinois, siendo reemplazados por trabajadores de agencia. Las organizaciones afiliadas también hablaron sobre los problemas de las relaciones triangulares de empleo, donde los trabajadores subcontratados y contratados por agencias no tienen claridad de quién es al final responsable de sus condiciones de trabajo.

Los participantes intercambiaron información sobre el trabajo cada vez más intensivo que se hace para parar la externalización del trabajo y el uso abusivo de contratos a corto plazo. Por ejemplo, en la negociación colectiva que realiza, el Sindicato de Trabajadores del Caucho de São Paulo, que representa a unos 26.000 trabajadores, está intentando introducir en el convenio colectivo una cláusula que prohiba la externalización en el sector fabril.

En el sector petrolero del Brasil, más de dos tercios de la fuerza de trabajo proviene de empresas externas. La Federación Única de Petroleros (FUP) ha realizado varios debates y reuniones regionales y nacionales en diferentes regiones del país, para concienciar sobre el impacto negativo de la subcontratación laboral y contratación por agencias. La federación de sindicatos de trabajadores petroleros de la empresa estatal Petrobras también ha trabajado con sus organizaciones afiliadas, animándoles para que realicen una reestructuración para mejorar la plena participación de trabajadores subcontratados en sus sindicatos.

Manfred Warda, Secretario General de la ICEM

Manfred Warda, Secretario General de la ICEM, habló en la clausura de la reunión, diciendo que se tiene que hacer conciencia a los gobiernos de que los Convenios de la OIT son aplicables igualmente a los trabajadores subcontratados y contratados por agencias, y que, donde existan obstáculos que impidan que estos trabajadores obtengan plenos derechos, se deben enfrentar con pleitos en los tribunales. Warda también se refirió a la importancia de trabajar para combatir las políticas del Banco Mundial y de la CFI, organizaciones que siguen recomendando a los gobiernos para crear mercados de trabajo más “flexibles”.

Las organizaciones afiliadas acordaron que el día 28 de julio fuera un día de acción sobre subcontratación laboral.


Interlocutores sociales del Brasil acuerdan regulación de subcontratación laboral

En el Ministerio del Trabajo del estado de São Paulo, Brasil, ha llegado a un acuerdo con BASF y los trabajadores de la química de Guaratinguetá. El objetivo del convenio es regular el uso de la subcontratación laboral y contratación por agencias, y exige a la empresa pagar a los trabajadores contratados por agencias el mismo sueldo e iguales prestaciones sociales que se pagan a los trabajadores permanentes empleados directamente por la empresa. Si no se respeta este acuerdo, la empresa incurrirá una multa de 500 Reales por trabajador/por día.

La planta de Guaratinguetá es la mayor unidad BASF de América Latina, y cuenta con aproximadamente un trabajador no regular por cada trabajador empleado en forma directa.


Corea: Corte Suprema emite un fallo que reconoce igualdad para un trabajador subcontratado

En febrero de 2005, el Sr.Choi, trabajador de una empresa contratista en la planta Ulsan de Hyundai Motors en Corea del Sur, fue despedido por haber realizado actividades sindicales. El Sr. Choi fue contratado por un contratista, y trabajaba en la fábrica de Ulsan desde marzo de 2002.

Cuando fue despedido, en un pleito administrativo, el Sr. Choi solicitó reparación de la Comisión de Relaciones Laborales, diciendo que fue un despido injusto y que Hyundai Motors, no la empresa contratista, era su verdadero empleador.

El 22 de julio de 2010, la Corte Suprema de Corea dictaminó que el Sr. Choi, después de haber sido un trabajador ilegal del departamento de despachos, había pasado a ser empleado directo de Hyundai al día siguiente de haber trabajado dos años consecutivos.

La Corte Suprema señaló lo siguiente: “Después de haber sido contratado por una de las empresas contratistas. el Sr. Choi pasó a depender de la administración de recursos humanos de Hyundai Motors. Entonces, se supone que era trabajador del departamento de despachos de Hyundai Motors. Según la Ley sobre Protección de Trabajadores de Departamentos de Envío (Ley sobre Trabajadores de Despachos), se debe considerar como trabajador empleado por Hyundai Motors a partir del día siguiente después de haber trabajado dos años consecutivos”

Al expresar su complacencia por este fallo histórico, la Federación de Trabajadores Metalúrgicos de Corea declaró lo siguiente: “Con este fallo se termina con la discriminación y extorsión que ejercen las empresas contra los trabajadores no regulares. Vamos a solicitar que todas las empresas, incluyendo Hyundai Motors, contraten a los trabajadores no regulares y que realicen una ronda especial de negociación colectiva al respecto. También vamos a seguir adelante con una serie de pleitos colectivos en representación de trabajadores despedidos, jubilados etc.”

La Federación Internacional de Trabajadores de las Industrias Metalúrgicas (FITIM) informó sobre estos hechos el día 29 de julio: el artículo correspondiente se puede consultar aquí.


Nike acepta responsabilidad por actos antisociales de empresas

Después de haberse realizado una campaña internacional de solidaridad, Nike ha acordado pagar US$1,5 millones a un fondo de auxilio que se estableció para los ex empleados de dos de sus proveedores hondureños, Hugger de Honduras y Vision Tex, que clausuraron sus plantas en ese país centroamericano sin previo aviso y sin pagar a los trabajadores la indemnización que se les debe bajo la ley.

Las dos fábricas cerraron a mediados de enero de 2009, sin haberse pagado compensación por despido a unos 1.800 trabajadores, que se calcula alcanza un monto de unos US$2 millones. Además, Visions Tex no pagó dinero que se había comprometido a pagar en diciembre de 2008, después de una huelga, que incluía el derecho legal a una prima anual. El cierre se produjo poco después de haberse establecido un sindicato en la fábrica.

El sindicato que representa a los trabajadores, la Central General de Trabajadores de Honduras (CGT), el Consorcio sobre Derechos de los Trabajadores y el Centro de Solidaridad de EE.UU. van a supervisar en forma conjunta la administración del fondo. Según un comunicado de prensa conjunto de Nike y la CGT, también se otorgará a los trabajadores, durante un año, acceso al sistema de salud, capacitación, y contratación prioritaria.

Este acuerdo histórico constituye un importante avance en el debate sobre responsabilidad corporativa social, ya que una importante empresa multinacional ha reconocido que debe procurar condiciones de trabajo decentes y que se apliquen la legislación nacional y las normas internacionales del trabajo para todos cuya labor les trae beneficios.


Representante especial de la ONU para los Derechos Humanos, solicita asesoría de la OIT

En una sesión secundaria que se realizó en la Conferencia Internacional del Trabajo que se llevó a cabo en la OIT en junio de 2010, el Representante Especial de la ONU para los Derechos Humanos y las Empresas, el Profesor John Ruggie, solicitó asesoría de los conocimientos especializados de la OIT para determinar el impacto del trabajo precario en los derechos humanos.

En las preparaciones para implementar el marco de políticas”Proteger, respetar y remediar” de 2008, Ruggie está consultando a una amplia gama de personas, incluso a través de un foro de consultación en línea. La solicitud que Ruggie presentara a la OIT se ha dado después de que la Unión Internacional de Trabajadores de la Alimentación, Agrícolas, Hoteles, Restaurantes, Tabaco y Afines (UITA), y la Federación Internacional de Trabajadores de las Industrias Metalúrgicas destacaran en línea el hecho de que se está usando la subcontratación laboral y contratación por agencias y otras formas de trabajo precario para socavar los derechos humanos de libertad de sindicación y de negociación colectiva.

John Ruggie

En declaración que presentara a las consultaciones, la FITIM señalaba: “Consideramos que el trabajo precario constituye una amenaza para la sobrevivencia del trabajo estable y negociación colectiva.” Agregó que “Al igual que en el caso de otros derechos humanos, el miedo restringe gravemente el ejercicio de los derechos fundamentales de empoderamiento, la libertad de asociación y negociación colectiva. Ese miedo tiene su origen en la vulnerabilidad que las empresas imponen diariamente a los trabajadores, tanto en los países industrializados como en los que están en vías de desarrollo, al extender vertiginosamente el trabajo precario.”

El marco de políticas “Proteger, respetar y remediar” de Ruggie se basa en tres pilares fundamentales: es deber del estado proteger contra abusos de los derechos humanos por terceras partes, incluyendo a las empresas; la responsabilidad corporativa de protección de los derechos humanos; y que las víctimas deben tener mayor acceso a remedios efectivos, tanto judiciales como extra judiciales.


Primera versión del informe del Parlamento Europeo sobre trabajadoras precarias

Britta Thomsen, miembro del Parlamento Europeo por el partido Social Demócrata de Dinamarca, ha presentado al Parlamento Europeo la primera versión de un informe sobre mujeres con trabajo precario. .

El informe expresa disconformidad por cuanto la legislación de la Unión Europea sobre el empleo y las directivas sobre trabajo a plazo fijo, a tiempo parcial y contratación temporal por agencias no resuelven adecuadamente las características precarias del trabajo, y hace un llamado a la Comisión y a los Países Miembros para que tomen nuevas medidas legislativas específicas, tales como la introducción de normas sociales mínimas vinculantes para los empleados, concediendo a todos los empleados igual acceso a los servicios y prestaciones sociales, incluyendo permiso de maternidad, servicios de salud, y pensiones de jubilación, independientemente de su situación laboral.

En el informe se destaca la importancia de la sindicalización de las mujeres con trabajos precarios, y hace un llamado a los países miembros para que castiguen a quienes pongan obstáculos para impedir su participación en los sindicatos.

Britta Thomsen, miembro del Parlamento Europeo

Se anima a los países miembros a combatir el trabajo no declarado, usando medidas preventivas tales como conceder inmunidad judicial para empleados que informen sobre su situación laboral ilegal, tomando medidas disuasivas contra las empresas. El informe también hace un llamado para que la Comisión y los países miembros mejoren la recolección de datos y lleven un control de los avances logrados en este campo.

Se hace un llamado a la Comisión y a los países miembros para que promuevan la vigilancia por la observación de los requerimientos mínimos de salud y seguridad en el lugar de trabajo, prestando atención especial a los riesgos específicos que existen para las mujeres trabajadoras.

Con relación a los trabajadores migrantes, el informe hace un llamado a la Comisión, para que en su nueva estrategia sobre igualdad de género, refuerce su compromiso de promover la igualdad de género en las políticas de migración e integración, especialmente con miras a aprovechar al máximo el potencial laboral de la mujer, y anima a las empresas para que tomen medidas específicas para facilitar la integración social de las trabajadoras migrantes.

Se llama la atención a la poca investigación que existe en torno al tema del trabajo precario, y el informe hace un llamado a la Comisión y a Eurofound para que pongan en marcha investigaciones específicas para determinar el costo de la pérdida de conocimientos y de bienestar social que son consecuencias del trabajo precario.

El 10 de octubre de 2010, los miembros de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género votarán sobre el informe señalado.


Crisis en EE.UU.: 700.000 despidos debido a la tercerización

Según el Economic Populist, y basado en datos confiables que se han obtenido de una empresa que lleva un control de los despidos, 25 empresas norteamericanas fueron la causa de 700.000 despidos durante la crisis financiera. Las estadísticas demuestran que la mayor parte de los despidos en EE.UU. fue consecuencia de la externalización de trabajos que se llevaron fuera del país.

En la lista de 25 empresas figuran algunas empresas industriales, pero la mayor parte son empresas de tecnología, de servicios, y, desde luego, de servicios financieros.

Las 25 empresas son: General Motors, 107.357 despidos debido a la tercerización de puestos de trabajo; Citigroup, se eliminaron 73.056 puestos de trabajo; Hewlett-Packard, se eliminaron 47.540 puestos de trabajo debido a la tercerización; Circuit City Stores, 41.495 (no se atribuyen a la tercerización); Bank of America/Merrill Lynch, 40.650; Verizon Wireless, 39.000; Pfizer, 31.771; Merck and Co., 24.400.

Lehman Brothers, 23’340; Caterpillar, 23.024; JP Morgan Chase, 22.852; Starbucks, 21.316; AT&T, 18.401; Alcoa Aluminium, eliminación de 17.655 puestos de trabajo debido a la tercerización; Dow Chemical, 17.530; Dupont, 17.000; Berkshire Hathaway Capital, eliminación de 6.900 puestos de trabajo por razones desconocidas;

Ford Motor, 15.912; KB Toys, 15.100; Servicio de Correos de EE.UU., 15.000; DHL Express USA, 14.900; Sprint Nextel, 14.500; Sun Microsystems, 14.000; Boeing Aviation, 13.715; y Chrysler, 13.672.

Muchas de estas empresas exigían subvenciones de estímulo del fisco de EE.UU. a la vez que eliminaban puestos de trabajo.