7 julio, 2021A pesar del veto presidencial de una controvertida ley sobre sindicatos, el Parlamento kirguís aprobó, el 30 de junio, una nueva ley en esta materia con disposiciones que incumplen los Convenios 87 y 98 de la OIT.
En mayo de este año, el movimiento sindical internacional recibió con entusiasmo la noticia de que después de dos años de lucha de los sindicatos kirguises, respaldada por un masivo apoyo solidario a nivel mundial, la ley sobre sindicatos había sido vetada por el presidente. La ley habría socavado considerablemente la libertad de asociación en el país y quitado independencia a los sindicatos.
Sin embargo, el 30 de junio, el Parlamento aprobó rápidamente una nueva ley sobre sindicatos en su tercera lectura. Si bien esta tiene una nueva estructura y su contenido ha sido revisado, todavía contradice en gran medida la constitución de Kirguistán y las principales normas laborales internacionales, incluidos los Convenios 87 y 98 de la OIT, ratificados por este país.
El Parlamento no tomó en cuenta los numerosos comentarios del presidente sobre las incoherencias de la ley vetada con respecto a la constitución de Kirguistán y las principales normas laborales internacionales, e incluyó las mismas disposiciones infractoras en la nueva ley. El órgano legislativo también ignoró el reclamo de incluir representantes de otros sindicatos aparte de la Federación de Sindicatos de Kirguistán (FTUK) en el grupo de conciliación para trabajar sobre la versión revisada de la ley.
La nueva ley sobre sindicatos establece que la FTUK es el único interlocutor social, lo que le da un monopolio y constituye una clara violación del Convenio 87 de la OIT, dado que priva a los trabajadores de crear otra confederación sindical si así lo quisieran. La nueva ley les quita la independencia a los sindicatos al hacerlos rendir cuentas al gobierno y a los empleadores, y somete a todos los sindicatos del país al control total de la FTUK. Los sindicatos perderían el derecho a determinar de manera independiente su estructura organizacional, las formas y tipos de asociaciones, y el derecho a establecer sus propios estatutos y organismos de gobierno.
Además, la nueva ley sobre sindicatos está llena de contradicciones y discrepancias técnicas, lo cual muestra claramente un muy bajo nivel de análisis jurídico por parte de sus promotores.
En la carta al presidente de Kirguistán, el secretario general de IndustriALL, Valter Sanches, expresó:
“Exhortamos al presidente de Kirguistán a que vete la nueva ley sobre sindicatos, aprobada por el Parlamento el 30 de junio, e instamos al país a que se asegure de que cualquier modificación adicional a las leyes sobre sindicatos se prepare con una participación genuina de sindicatos independientes para asegurar el total cumplimiento con las principales normas laborales internacionales”.