31 mayo, 2023
Los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos consisten en expertos en la materia independientes con mandatos para informar y asesorar sobre los derechos humanos desde una perspectiva temática o de un país en particular. En octubre de 2021, había 45 mandatos temáticos y 13 de país, incluidos:
- Grupo de Trabajo sobre empresas y derechos humanos
- Relator Especial sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación
- Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión
- Experto independiente sobre los derechos humanos y la solidaridad internacional
- Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Bielorrusia
- Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Myanmar
- Órganos de tratados de derechos humanos – Comunicaciones de particulares
Las personas cada vez cuentan con más medios para reivindicar sus derechos a nivel internacional. Desde principios de la década de 1970, los mecanismos internacionales de denuncia se han desarrollado rápidamente y, hoy en día, es posible presentar denuncias ante las Naciones Unidas por violaciones de los derechos contenidos en los nueve tratados de derechos humanos llamados “fundamentales”.
Estos nueve tratados se refieren a:
(i) los derechos civiles y políticos;
(ii) la tortura y otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes;
(iii) la discriminación racial;
(iv) la discriminación por motivos de género;
(v) los derechos de las personas con discapacidad;
(vi) la protección de todas las personas contra la desaparición forzada;
(vii) los derechos de los trabajadores migrantes y sus familiares;
(viii) los derechos económicos, sociales y culturales;
(ix) los derechos del niño.
Los mecanismos de denuncia están diseñados para ser accesibles a todos. No es necesario ser abogado ni estar familiarizado con los términos jurídicos y técnicos para presentar una denuncia en virtud de los tratados en cuestión.
Los Principios Rectores de la ONU sobre las Empresas y los Derechos Humanos dejan claro que las empresas mundiales son responsables de las condiciones en sus cadenas de suministro, independientemente de dónde se realice el trabajo y cuál sea la relación laboral.
Las negociaciones para un tratado vinculante de la ONU comenzaron en 2014. Las federaciones sindicales internacionales continúan ejerciendo presión para poder contar con un instrumento jurídicamente vinculante para regular, en el derecho internacional de derechos humanos, las actividades de las empresas transnacionales y de otros tipos.