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Perú Ratifica Convenio OIT 176, la Norma sobre Seguridad y Salud en Minas

16 julio, 2007

El Perú se convirtió en el 22º país en ratificar el Convenio 176 de la OIT sobre seguridad y salud en las minas, al aprobarse la Resolución N29012 por el Congreso de la República. La ratificación es un tributo a todos los Sindicatos Mineros del Perú, especialmente a la Federación Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Siderúrgicos del Perú (FNTMMSP), afiliada a la ICEM, y a la Central Nacional CGTP.

Con el Convenio 176 ahora en los libros del Perú, los Mineros ganan derechos sin precedentes en el país en asuntos de Seguridad y Salud. También se espera que con la ratificación llegarán nuevas tecnologías y técnicas a uno de los principales Países mineros del Mundo.

“La ICEM está orgullosa de haber desempeñado un pequeño papel – facilitando información y documentación sobre el C176 – a los Sindicatos del Perú,” – declaró el Secretario General Manfred Warda. “Pero el verdadero mérito es para la FNTMMSP y todas las demás organizaciones Sindicales. Ellos lograron convencer a quienes aún faltaba convencer que con la promulgación de esta importante norma global, el Perú se encamina hacia a un Sector Minero moderno y sostenible.”

Respecto al Gobierno Peruano, ahora deberá poner en marcha una política nacional en materia de Seguridad y Salud en las Minas. Deberá crear una agencia nacional para la Inspección e Investigación rigurosa y periódica de toda actividad minera y deberán implementarse procedimientos seguros y efectivos en caso de accidentes.

Los Mineros ahora ya pueden notificar a las Autoridades y al Empleador con toda libertad y sin perjuicio sobre condiciones inseguras. Tienen Derecho a exigir Inspecciones o Investigaciones inmediatas, y tendrán pleno acceso a toda Información y datos relativos a Seguridad y Salud en las Minas. También tendrán Derecho a retirarse de una operación minera en caso de peligro grave. Y con el respaldo de la Representación de los Trabajadores esta garantizado estos derechos.

Respecto a los Empleadores Mineros, deberán buscar eliminar toda pérdida de vida y accidente minero mediante el control y la reducción de riesgos mineros inherentes. Deberán proveer los equipos y sistemas de comunicación necesarios para garantizar total seguridad. Y deberán conservar los suelos y el Medio Ambiente así como el bienestar de las Comunidades y de los Pobladores de aquellas Comunidades en los alrededores de sus propiedades mineras.


A principios del 2007, la Comisión de Trabajo del Perú aprobó la Resolución N 29012 tras la presión fuerte y decidida ejercida por los Sindicatos del Perú. Esto se dio al mes de una visita que realizara al Perú en Enero del 2007 el Secretario General de la OIT, Juan Somavia, quien animó al Gobierno a ratificar ocho Convenios OIT, incluyendo el Convenio N 176 de 1995 sobre Seguridad y Salud en las Minas.

Naciones que a la fecha han firmado el Convenio: Albania, Armenia, Botswana, Brasil, la República Checa, Finlandia, Alemania, Irlanda, Líbano, Noruega, Perú, Filipinas, Polonia, Portugal, Eslovaquia, Sudáfrica, España, Suecia, los Estados Unidos, Zambia y Zimbabwe.