12 agosto, 2020En la madrugada del 8 de agosto de 2020, la policía indonesia dispersó brutalmente a 50 miembros de la Federación Indonesia de Sindicatos de Pulpa y Papel (FSP2KI) que estaban llevando a cabo un bloqueo frente a la empresa PT. Tanjungenim Lestari Pulp and Paper (PTTEL), en la provincia de Lampung.
La FSP2KI criticó duramente las acciones de los 120 policías que agredieron y golpearon a los miembros del sindicato. A su vez, acosaron sexualmente a varias sindicalistas mujeres durante la dispersión.
Los trabajadores habían estado movilizándose frente a las puertas de la empresa durante 65 días en solidaridad con 38 miembros que fueron despedidos por la empresa subcontratante PT. Kaliguma Transindo cuando PTTEL puso fin a su contrato y nombró a PT Kamigumi Indonesia como la nueva empresa subcontratante.
Los trabajadores exigen que esta nueva empresa subcontratante reincorpore a todas las personas que anteriormente trabajaban en PT Kaliguma Transindo.
Tom Grinter, director del sector de pulpa y papel de IndustriALL, expresó:
“Repudiamos la violencia y el acoso de nuestros miembros en PTTEL, que estaban ejerciendo su derecho a la reunión pacífica cuando fueron atacados. Instamos a PTTEL y al Ministerio de Recursos Humanos a que intervengan en el conflicto y garanticen la recontratación de los 38 trabajadores”.
La secretaria regional de IndustriALL para el sudeste asiático, Annie Adviento, declaró:
“PTTEL debe comportarse de manera socialmente responsable ya que estas personas han estado trabajando en la planta durante 20 años. Recortar estos puestos de trabajo en tiempos de la pandemia de COVID-19 es vergonzoso”.
“Según la OIT, la cantidad de trabajadores precarios en Indonesia aumentó rápidamente de 6 millones en 2001 a 11 millones en 2010. El Gobierno debe reformar las leyes laborales para impedir la flexibilidad laboral. PTTEL debería absorber gradualmente a sus empleados como empleados permanentes”.
El secretario general de FSP2KI, M. Fatkuroji, añadió:
“El hecho de que PT Kamigumi Indonesia no incorpore a los antiguos empleados de PT Kaliguma Transindo viola el Reglamento número 19 de 2012 del Ministerio de Recursos Humanos y el Reglamento número 101 de 2004, que estipula que una nueva empresa subcontratante debe aceptar a los trabajadores de la empresa subcontratante anterior, siempre y cuando se mantenga el mismo tipo de trabajo en la empresa empleadora”.
“Además, el artículo 27 de la Constitución de 1945 y el Decreto del Tribunal Constitucional de 2011 garantiza los derechos de los ciudadanos a un trabajo y un sustento decentes. Es la obligación del Gobierno para con los ciudadanos y la humanidad”.