13 diciembre, 2013El Banco Africano de Desarrollo (BAfD) ha determinado que todos los prestatarios deben cumplir con las normas laborales fundamentales de la OIT y otros requisitos que protegen a los trabajadores.
Al adoptar la "Norma 5 de protección de seguridad de las operaciones: Condiciones de Trabajo, Salud y Seguridad" (OS 5), el BAfD exige que todos los prestatarios del banco cumplan con las normas laborales fundamentales de la OIT, que las empresas proporcionen a los trabajadores información por escrito sobre sus derechos y condiciones de trabajo, que cumplan con las normas fundamentales de salud y seguridad laborales, y que asuman responsabilidad por las condiciones de los trabajadores "tercerizados" (subcontratados).
La adopción de las nuevas garantías es resultado de cuatro años de negociaciones y trámites. En esta etapa, los sindicatos aportaron recomendaciones. Sigue el ejemplo de los requisitos de rendimiento del trabajo adoptados en 2006 por la IFC, rama del Banco Mundial que se encarga de los préstamos al sector privado. Si bien las políticas del BAfD y la IFC son en su mayor parte muy semejantes, el banco africano parece poner mayor énfasis en la exigencia de que los prestatarios procuren que sus contratistas también cumplan con estos requisitos, señalando que "el prestatario o cliente incorpore estos requisitos [de la OS 5] en los acuerdos contractuales con sus contratistas, subcontratistas e intermediarios". La IFC solamente exige que los prestatarios hagan ‘un esfuerzo comercialmente razonable’.
El BAfD ha informado que va a desarrollar procedimientos de evaluación y un sistema de seguimiento para poder supervisar la aplicación de los nuevos requisitos.
Jenny Holdcroft, Directora de Política de IndustriALL Global Union, dice que el seguimiento por parte de los sindicatos ha jugado un papel importante para garantizar el cumplimiento de las garantías laborales de la IFC.
Es importante que los sindicatos africanos, la CSI, y los sindicatos mundiales informen sobre la eficacia de los procedimientos de evaluación y seguimiento, tales como se han establecido, y que supervisen en forma permanente los proyectos del BAfD respecto al cumplimiento de la norma de protección laboral.
Otros dos importantes bancos de desarrollo regionales - el Banco Asiático de Desarrollo y el Banco Interamericano de Desarrollo – no han dado, hasta ahora, signos de querer adoptar medidas que protejan a los trabajadores.